La sección novena de la Audiencia de Barcelona obliga a reabrir el caso de dos empleados que denunciaron a su empresa por injurias de carácter homófobo, denuncia que fue sobreseída en su momento con argumentos díficiles de comprender…
Hacemos un poco de memoria. Los empleados denunciaron a Gartner K.G., una multinacional austriaca, al descubrir casualmente el correo electrónico enviado por uno de sus jefes a la central de la empresa, que los calificaba de “enfermos” e instaba a despedirlos después de haber tenido acceso a sus correos privados y averiguar que eran homosexuales. En concreto, reconocía “haber tenido el placer de leer sus correos privados”, que calificaba como “de increíble contenido guarro” y afirmaba que los dos empleados tenían “que desaparecer cueste lo que cueste”.
La jueza instructora sobreseyó el caso argumentando que la palabra “enfermos” contenida en el correo no aludía a su orientación sexual sino “a la actividad profesional del querellante y del otro trabajador”. Según su fallo, el contexto en el que se vertieron las expresiones presuntamente injuriosas no era otro  “que un escenario interno, estrictamente laboral, sin publicidad alguna para terceros ajenos a la empresa“.
Tras el recurso interpuesto por Juan Torres, uno de los empleados, asesorado por el gabinete Aequo Advocats, la Audiencia de Barcelona ha expresado ahora que “no comparte el sobreseimiento”. A diferencia del juzgado de instrucción, la Audiencia ve “objetivamente determinada la conexión ‘homosexual-enfermo’”, expresión que “viene revestida de un carácter vejatorio de entidad suficiente” como para permitir “a nivel presuntivo” la tipificación de delito de injurias.
También considera que hay suficientes indicios para mantener abierta la causa por revelación de secretos, puesto que uno de los propios querellados reconoció que había accedido a mensajes electrónicos de los empleados “sin conocimiento ni consentimiento de los querellantes” y que reveló el contenido de los mismos a su superior, también imputado. El querellado alegó que había leído esos correos casualmente, cuando buscaba los datos de un proveedor en el ordenador de uno de los empleados, pero la Audiencia de Barcelona cree que el dato merece al menos ser investigado. El fallo también desestima que los costes del juicio los tenga que pagar el trabajador, como pedía la empresa.
Un portavoz del Front d’Alliberament Gai de Catalunya (FAGC) ha manifestado su satisfacción por la sentencia, declarando que “las gracias homófobas y racistas se castigan”.

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